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dijous, 3 de gener del 2013

¿Son justas las convalidaciones?

 Por Isabel Tomás Martí,
estudiante de Metodología de la Enseñanza de la AF y el Deporte

Hace tiempo que llevamos oyendo que se iban a convalidar una serie de módulos superiores de formación profesional en diferentes carreras universitarias, pues esto ya es un hecho, en noviembre del 2011 salió el real decreto que lo corroboraba. Una de las carreras universitarias que se ha visto afectada ha sido la nuestra, el grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte, que a principios de este curso académico, ha aprobado, sin poder cambiar de opinión, la convalidación de 30 créditos ECTS del modulo al grado.

El Real Decreto 1618/2011 y la LOE, 2/2006, de educación determinan que: “la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior constituyen la educación superior”. La simple definición de educación superior nos molesta a muchos, ya que están englobando a la enseñanza universitaria con otros estudios, que siendo importantes, no tienen el mismo valor, ni en ellos se pueden adquirir el mismo grado de conocimientos, aptitudes y cualidades que en los estudios universitarios.

El real decreto comenta en el escrito que: “este reconocimiento de estudios parte de la similitud entre las competencias, conocimientos y resultados de aprendizaje que proporcionan los diferentes estudios” Como se nota que no se han querido preocupar por “los conocimientos y resultados de aprendizaje que se obtienen” en cada uno, porque, por lo que a nuestra carrera compete, ni los conocimientos que se adquieren son los mismos, ni el resultado de aprendizaje, por mucho que se empeñen, es el mismo. Creo que la universidad está, sin menospreciar a nadie, ni ser clasista, un escalón por encima de toda formación profesional de grado superior y de cualquier enseñanza deportiva de grado superior.

Se establecen estas convalidaciones porque hay una relación directa entre los estudios, que yo no desmiento y que me parece que sí que la hay, pero que no por ello tenga que ser convalidada e igualada. Según tengo entendido el grado superior de formación profesional (TAFAD) se realiza en ocasiones para tener acceso a la universidad, como se hace el bachiller y la selectividad, por ello no son estudios paralelos, sino, y disculpándome la palabra, estudios preparatorios si se utilizan para el acceso a la misma.

La convalidación de los créditos ECTS, se da solo si los cursos y módulos han sido completados, menos mal, y según dice el BOE, proporciona parámetros objetivos para comparar la duración y carga lectiva de los currículos y planes de estudios. Pues creo señores, que se equivocan, la duración de las asignaturas puede que se parezca, pero en cuanto a la carga lectiva a nivel curricular en la formación profesional se trabaja de una forma más light mientras en el grado se ve todo muchísimo más detallado, obteniendo así unos mayores conocimientos.

Por otro lado, y estando de acuerdo con el BOE, se harán convalidaciones, una vez acabada una carrera universitaria, si se quiere cursa un módulo o curso de técnico superior; esto tiene más lógica, ¿verdad? Un mayor conocimiento supera al de menor y se convalida.

Las universidades son las que aprueban estas convalidaciones que propone el estado, y parece ser que siempre nos perjudican a las carreras más “sencillas”, CAFE Maestrías, Artes y Humanidades; ¿Harían lo mismo con Ingeniería o con Medicina?

Por mucho que digan que sí tienen relación directa, que el plan de estudios es parecido, etc., no se pueden comparar dos años de módulo o curso, con cuatro años mínimos que tiene un grado universitario, que a su vez se completa, si se desea, para mayor conocimiento y especialización con un máster/postgrado pudiendo llegar a 6 años de formación universitaria. En el resultado final del aprendizaje hay poco que comparar.

Con estas convalidaciones se ha sido perjudicar nuestro grado, no dándole importancia a lo que se enseña, infravalorando muchos aspectos que solo se ven en la universidad, como pueden ser los grupos de investigación. Los FP han aprendido aspectos de nuestra rama, lógicamente, pero sin profundizar y sin abordarlos desde las bases científicas y epistemológicas. 

Para acabar quiero dejar las definiciones de Estudios universitarios (1) y FP (2) para que veáis la diferencia y el porqué de este post. 

(1) Tienen como finalidad completar la formación integral del alumno, dotándolo de los conocimientos y las competencias necesarias para el futuro profesional. Al tiempo, los estudios universitarios fomentarán el desarrollo cultural y la investigación en todas las áreas y niveles del conocimiento.

(2) “UNESCO 1989”: Todos las formas y niveles del proceso educativo que incluyen además del conocimiento general, el estudio de las tecnologías y de las ciencias relacionadas, la adquisición de habilidades prácticas, de competencias, actitudes y comprensiones relacionadas con las ocupaciones en los diferentes sectores de la vida social.

Referencias:

- Boletín oficial del estado Nº 302. Real decreto 1618/2011.